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IZAPIDETZA BARNE SUSTAPENA / TRAMITACIÓN PROMOCIÓN INTERNA

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MINISTERIOAREN WEB ORRIAN ARGITARATUTA / PUBLICADO EN LA WEB DEL MINISTERIO:

TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA, ACCESO PROMOCIÓN INTERNA,

Orden PJC/150/2024, de 19 de febrero (BOE de 23 de febrero)

  • 21 de enero de 2025

ACUERDO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO POR EL QUE SE PUBLICAN LOS MÉRITOS PROVISIONALES Y SE ABRE PLAZO DE PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES.

(Transcripción del ACUERDO adjuntado en los archivos. Os hemos puesto LA DIRECCIÓN DONDE SE SOLICITAN LOS SERVICIOS PRESTADOS)

 

ACUERDO ADOPTADO POR EL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO DEL PROCESO SELECTIVO PARA INGRESO, POR PROMOCIÓN INTERNA, AL CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA.

SE ACUERDA:

Publicar en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (www.mjusticia.gob.es) la relación de aspirantes con la valoración provisional de méritos, con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y la puntuación total.

Abrir el plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación según la base 7.3, para que las personas aspirantes puedan efectuar las alegaciones pertinentes.

Se comunica que no serán comprobadas las alegaciones presentadas relativas a aquellos méritos cuya puntuación haya llegado a la máxima posible.

Las alegaciones y su justificación se realizarán exclusivamente de forma telemática mediante el aplicativo informático, al que podrán acceder pulsando en la siguiente URL, y siguiendo los pasos que se le indiquen en el Manual de Instrucciones que se publica al efecto junto a este Acuerdo.

https://pubwebseal.justicia.es/sap/public/sap/bc/webdynpro/sap/zasis_co_pi_acceso

No se admitirá la presentación de nuevos cursos y documentación acreditativa de otros méritos distintos de los aportados durante el plazo establecido en el Acuerdo del Tribunal Calificador Único de 11 de octubre de 2024.

En relación con los méritos profesionales indicados en el epígrafe 1 del Anexo I-B (servicios prestados), si la persona aspirante no estuviera de acuerdo con la valoración de este apartado, deberá aportar certificado de servicios prestados y reconocidos en su último destino del ámbito del Ministerio de Justicia o de las Comunidades Autónomas transferidas, expedido por el departamento competente donde se le hubieran reconocido todos los servicios previos.

No se han valorado los servicios prestados en entidades privadas u organismos públicos diferentes a los recogidos en la Orden de convocatoria, ni admitiéndose vida laboral ni certificación donde no conste los años, meses, días de desempeño en cada cuerpo en el que haya desempeñado su actividad profesional la persona aspirante.

Deberá presentarse certificado de servicios prestados donde conste claramente el periodo de servicio (años-meses-días) en cada cuerpo que se quiera acreditar como titular, sustituto o interino en los siguientes Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración, así como los períodos de sustitución vertical.

LOS SERVICIOS PRESTADOS SE TIENEN QUE SOLICITAR EN LA SIGUIENTE DIRECCIÓN:

Se ruega que las alegaciones se formulen de un modo conciso y sucintamente motivadas a fin de facilitar su análisis y la mayor celeridad en la resolución del proceso. En el caso de aportar documentación acreditativa, la misma deberá referirse expresamente al motivo de alegación presentado.

Finalizado dicho plazo y vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase concurso.

EL SECRETARIO DEL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO. - Pablo Masa Timón